martes, 6 de noviembre de 2012

Derechos Humanos (Revoluciòn Francesa)


Antes de comenzar a hablar de la Revolución francesa, nos es indispensable hacer una breve referencia a las ideas que la gestaron:
El final del siglo XVIII fue una época de trastornos en muchas partes de hemisferio occidental, trastornos que se pueden atribuir, directa o indirectamente, al fermento de las ideas conocidas como la Ilustración. Estas ideas, reflejo de las necesidades y tensiones de una sociedad cambiante se basan en el nuevo conocimiento científico del siglo XVII, que engendró una nueva fe en la razón y en el progreso. por un lado, esto llevó a un rechazo de la autoridad y a una afirmación de los Derechos del Hombre, expresados en la famosa declaración de Rousseau de que el hombre nace libre, pero en todas partes está encadenado. Por otro lado, las nuevas ideas fueron una inspiración para los monarcas, que , al ternar el siglo XVII, empezaron a concentrar el poder en sus propias manos y a gobernar mediante agentes burocráticos nombrados por ellos. Sin embargo, estas actividades centralizadoras encontraron resistencia en todos aquellos que tenían intereses creados en el Antiguo régimen, Iglesias, gremios y corporaciones y, sobre todo, la aristocracia. Sus líderes recurrieron a las teorías de Montesquieu y Burke para demostrar que la sociedad era una forma orgánica y que sus agrupaciones tradicionales no sólo conferían derechos inalienables a sus miembros sino que producían un equilibrio de poder que resguarda los individuos de la tiranía. Esto junto al deseo de autonomía de la provincias dio origen al descontento. Quedó muy claro entonces que el fermento no se detendría ahí.
Era más probable que ocurriera una rebelión en las regiones en que la aristocracia podía contar con el apoyo de los campesinos; pero en Europa Oriental estos últimos aún eran ciervos, y era poco probable que se revelaran para apoyar a los terratenientes que eran sus opresores directos. Sin embargo, a los campesinos también les desagradaban las innovaciones y a veces luchaban tenazmente por conservar su forma de vida tradicional.
Las revoluciones aparecieron por primera vez en gran escala en las colonias inglesas de América. Recurriendo a la filosofía de Locke sobre el derecho natural, los colonizadores se negaron a pagar un impuesto establecido por el parlamento en Londres, en el que no estaban representados. Para 1775 la disputa había llegado a una guerra declarada. Los hombres moderados que habrían mantenido la antigua estructura de la sociedad fueron sustituidos por otros con objetivos más democráticos y la guerra por la independencia nacional ganó apoyo en todos los estratos sociales. El ejemplo norteamericano fue una inspiración para los rebeldes de los países bajos, así como en Francia, cuyas tropas habían peleado en el lado norteamericano en la guerra.
LA VIDA POLÍTICA
La organización política de Francia, hacia 1789, era monárquica. El rey pretendía que su poder derivaba de Dios, a quien únicamente debía cuenta de sus actos. Sus súbditos no tenían ningún derecho, pero sí el deber de obedecer.
El rey declaraba la guerra y hacía la paz; comandaba los ejércitos; determinaba los gastos y fijaba los impuestos; nombraba y destituía a los funcionarios y dirigía la administración entera. Las provincias eran administradas por los intendentes, con poder omnímodo y arbitrario.
El rey hacía las leyes, que eran la expresión de su voluntad personal, pues si bien debía tener en cuenta las "costumbres fundamentales del reino", tales costumbres eran contradictorias y vagas, y hubiera sido difícil definirlas claramente. Además, el rey dirigía la administración de justicia, pues esta se dictaba en su nombre y por funcionarios que el designaba. Se usaba el tormento para lograr la confesión de los acusados, a quienes se juzgaba en secreto y a los que se aplicaban las penas bárbaras de las marcas con hierros candentes, de la picota, del látigo y de la horca.
La libertad individual estaba amenazada constantemente por la policía, que podía aprender a cualquiera con una simple orden del rey, la "carta sellada". No se daba la causa de la detención porque "tal era la voluntad del rey".
Existía la censura previa y no existía la libertad de consciencia.
LA VIDA SOCIAL

En la sociedad francesa se distinguían tres estados o clases:
1) El clero: era la primera de las clases sociales privilegiadas. Conservaba un gran prestigio e influencia. Además recibía los diezmos de los fieles, poseían extensas propiedades, que abarcaban la cuarta parte de la superficie de Francia, y como si fuera poco, no pagaban impuestos.
2) La nobleza: esta era la segunda clase privilegiada formada por un número de personas análogo al del clero, que poseían tierras de parecida importancia y extensión. Percibían de los campesinos, que vivían en sus tierras, los antiguos derechos feudales, y sólo pagaban impuestos en casos especiales.
3) En El Tercer Estado se distinguían distintas categorías, alguna de las cuales había logrado privilegios. La capa superior del estado llano era la burguesía; la inferior, los obreros y campesinos. Estos últimos soportaban pesadas cargas que, en la generalidad de los casos, les privaban de las cuatro quintas partes del fruto de su trabajo. Debían pagar los impuestos al estado, el diezmo a la iglesia y los derechos feudales al señor.
LA VIDA ECONÓMICA

La industria estaba entorpecida con excesivas reglamentaciones e impuestos. Existían aduanas internas; las pesas y medidas variaban según las regiones; algunos artículos, como los cereales, debían consumirse en el lugar de producción; se aplicaban derechos de aduna que en muchos casos anulaban el intercambio.
CAUSAS Y ASPECTOS BÁSICOS:
La revolución francesa abarca un período de 10 años (1789-1799), durante los cuales se establecieron en toda Europa nuevas formas de organización política, social y económica, surgieron nuevos usos y costumbres y triunfaron nuevos modos del pensamiento y nuevas tendencias espirituales.
Las causas substanciales de la revolución francesa fueron en primer término las arbitrariedades y abusos del antiguo régimen, ya mencionadas, y en segundo lugar la acción de los filósofos y enciclopedistas.
Las causas ocasionales de la revolución. francesa fueron la debilidad de carácter del nuevo rey Luis XVI y la grave crisis financiera.
Más de un siglo antes de que Luis XVI ascendiera al trono (1774), el Estado francés había sufrido periódicas crisis económicas motivadas por las largas guerras emprendidas durante el reinado de Luis XIV, la mala administración de los asuntos nacionales en el reinado de Luis XV, las cuantiosas pérdidas que acarreó la Guerra Francesa en India (1754-1763) y el aumento de la deuda generado por los préstamos a las colonias británicas de Norteamérica durante la guerra de la Independencia estadounidense (1775-1783). Los defensores de la aplicación de reformas fiscales, sociales y políticas comenzaron a reclamar con insistencia la satisfacción de sus reivindicaciones durante el reinado de Luis XVI.
Luis XVI, quién contaba con apenas 20 años de edad carecía de condiciones como gobernante pues su carácter era débil, su inteligencia era mediana y se dejo influenciar por su esposa María Antonieta de Austria y por su primo el Duque de Orleans. Dada la grave crisis financiera el rey se vio obligado a llamar al gobierno a dos personajes de reconocida honestidad: R. Jaques Turgot, un hombre de ideas liberales que instituyo una política rigurosa en lo referente a los gastos del estado, y a Malesherves.
Turgot, ministro de hacienda, resumió su plan en esta frase: "Ni banca rota, ni empréstito, ni aumento de impuestos" . Como el plan económico molestaba a la corte Turgot lo presentó gradualmente, pero en 1776, cuando estableció un impuesto que debía ser pagado por todos los dueños de tierras, fuesen o no privilegiados el rey, por instancia de los afectados, lo obligó a renunciar.
Malesherves intentó garantizar los derechos de los ciudadanos, pero también se vio forzado a renunciar. Entonces el antiguo régimen se restableció con todo su vigor.
Para aplacar los ánimos, Luis XVI designó como sucesor de Turgot a Nécker, un banquero ginebrino de sólida fortuna personal y gran reputación como financista. Obtuvo grandes empréstitos que pasajeramente aliviaron la situación financiera. pero estos remedios resultaron ineficaces, porque simultáneamente, aumentaron los gastos públicos como consecuencia de la guerra que estallo entre Inglaterra y Francia, al apoyar esta última a las colonias inglesas de América del Norte. Como los privilegiados no deseaban una reforma de fondo provocaron la caída de Nécker en 1781.

La lucha por la libertad

Los ejércitos austriacos obtuvieron varias victorias en los Países Bajos austriacos gracias a ciertos errores del alto mando francés, formado mayoritariamente por monárquicos. La posterior invasión de Francia provocó importantes desórdenes en París. El gabinete de Roland cayó el 13 de junio, y la intranquilidad de la población se canalizó en un asalto a las Tullerías, la residencia de la familia real, una semana después. La Asamblea Legislativa declaró el estado de excepción el 11 de julio, después de que Cerdeña y Prusia se unieran a la guerra contra Francia. Se enviaron fuerzas de reserva para aliviar la difícil situación en el frente, y se solicitaron voluntarios de todo el país en la capital. Cuando los refuerzos procedentes de Marsella llegaron a París, iban cantando un himno patriótico conocido desde entonces como La Marsellesa. El descontento popular provocado por la gestión de los girondinos, que habían expresado su apoyo a la monarquía y habían rechazado la acusación de deserción presentada contra La Fayette, hizo aumentar la tensión. El malestar social, unido al efecto que generó el manifiesto del comandante aliado, Charles William de Ferdinand, duque de Brunswick, en el que amenazaba con destruir la capital si la familia real era maltratada, provocó una insurrección en París el 10 de agosto. Los insurgentes, dirigidos por elementos radicales de la capital y voluntarios nacionales que se dirigían al frente, asaltaron las Tullerías y asesinaron a la Guardia suiza del rey. Luis XVI y su familia se refugiaron en la cercana sala de reuniones de la Asamblea Legislativa, que no tardó en suspender en sus funciones al monarca y ponerle bajo arresto. A su vez, los insurrectos derrocaron al consejo de gobierno parisino, que fue reemplazado por un nuevo consejo ejecutivo provisional, la denominada Comuna de París.
La revolución popular del 10 de agosto tuvo grandes consecuencias:
1.- Se suspendió al rey , cesando por consiguiente la vigencia de la constitución de 1791.
2.- Se nombró un consejo Ejecutivo provisional, encargado de las funciones ejecutivas, dirigido por Dantón, verdadero jefe del nuevo gobierno.
3.- Se elegiría, por sufragio universal una convención encargada de revisar la constitución.
4.- Se reconocía la Comuna de París como poder legítimo del estado. Esta comuna estaba en mano de los jacobinos , dirigidos por Roberspierre y Marat.
Entre el 2 y el 7 de septiembre, más de mil monárquicos y presuntos traidores apresados en diversos lugares de Francia, fueron sometidos a juicio y ejecutados. Los elementos desencadenantes de las denominadas 'Matanzas de Septiembre' fueron el temor de la población al avance de los ejércitos aliados contra Francia y los rumores sobre conspiraciones para derrocar al gobierno revolucionario. Un ejército francés, dirigido por el general Charles François Dumouriez, obtuvo una importante victoria en la batalla de Valmy frente a las tropas prusianas que avanzaban hacia París el 20 de septiembre.
LA CONVENCIÓN:


Un día después de la victoria de Valmy se reunió en París la Convención Nacional recién elegida. La primera decisión oficial adoptada por esta cámara fue la abolición de la monarquía y la proclamación de la I República. El consenso entre los principales grupos integrantes de la Convención no fue más allá de la aprobación de estas medidas iniciales. Sin embargo, ninguna facción se opuso al decreto presentado por los girondinos y promulgado el 19 de noviembre, por el cual Francia se comprometía a apoyar a todos los pueblos oprimidos de Europa. Las noticias que llegaban del frente semanalmente eran alentadoras: las tropas francesas habían pasado al ataque después de la batalla de Valmy y habían conquistado Maguncia, Frankfurt del Main, Niza, Saboya y los Países Bajos austríacos. Sin embargo, las disensiones se habían intensificado seriamente en el seno de la convención, donde el Llano dudaba entre conceder su apoyo a los conservadores girondinos o a los radicales montagnards. La primera gran prueba de fuerza se decidió en favor de estos últimos, que solicitaban que la Convención juzgara al rey por el cargo de traición y consiguieron que su propuesta fuera aprobada por mayoría. El monarca fue declarado culpable de la acusación imputada con el voto casi unánime de la Cámara el 15 de enero de 1793, pero no se produjo el mismo acuerdo al día siguiente, cuando había de decidirse la pena del acusado. Finalmente el rey fue condenado a muerte por 387 votos a favor frente a 334 votos en contra. Luis XVI fue guillotinado el 21 de enero.
La influencia de los girondinos en la Convención Nacional disminuyó enormemente tras la ejecución del rey. La falta de unidad mostrada por el grupo durante el juicio había dañado irreparablemente su prestigio nacional, bastante mermado desde hacía tiempo entre la población de París, más favorable a las tendencias jacobinas. Otro factor que determinó la caída girondina fueron las derrotas sufridas por los ejércitos franceses tras declarar la guerra a Gran Bretaña, las Provincias Unidas (actuales Países Bajos) el 1 de febrero de 1793, y a España el 7 de marzo, que se habían unido a la Primera Coalición contra Francia. Las propuestas de los jacobinos para fortalecer al gobierno ante las cruciales luchas a las que Francia debería enfrentarse desde ese momento fueron firmemente rechazadas por los girondinos. No obstante, a comienzos de marzo, la Convención votó a favor del reclutamiento de 300.000 hombres y envió comisionados especiales a varios departamentos para organizar la leva. Los sectores clericales y monárquicos enemigos de la Revolución incitaron a la rebelión a los campesinos de La Vendée, contrarios a tal medida. La guerra civil no tardó en extenderse a los departamentos vecinos. Los austríacos derrotaron al ejército de Dumouriez en Neerwinden el 18 de marzo, y éste desertó al enemigo. La huida del jefe del ejército, la guerra civil y el avance de las fuerzas enemigas a través de las fronteras de Francia provocó en la Convención una crisis entre los girondinos y los montagnards, en la que estos últimos pusieron de relieve la necesidad de emprender una acción contundente en defensa de la Revolución.

                         DERECHOS HUMANOS


¿Qué son los derechos humanos? 
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.  

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.



 Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.  

Iguales y no discriminatorios

La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
                                                     

Derechos y obligaciones 

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.


6 comentarios:

  1. Los derechos humanos son MUY IMPORTANTES, ya que con ellos nos respetan y nos toman encuenta.

    Los derechos humanos hay que protegerlos y respetarlos.
    Buena definición de los derechos humanos y de la revolución francesa.

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  2. Buena explicación de la revolución francesa, me gusto que pusieras su vida económica, y su vida social y todo eso. las imágenes definen bien :)
    Buen trabajo..
    Los derechos humanos los tenemos que respetar y cumplirlos.

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    1. Si compañera por esos son DERECHOS y se deben respetar.!

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