Antes de comenzar a hablar de la
Revolución francesa, nos es indispensable hacer una breve referencia a las
ideas que la gestaron:
El final del siglo XVIII fue una época de trastornos
en muchas partes de hemisferio occidental, trastornos que se pueden atribuir,
directa o indirectamente, al fermento de las ideas conocidas como la Ilustración. Estas ideas, reflejo de las necesidades y
tensiones de una sociedad cambiante se basan en el nuevo conocimiento científico del siglo XVII, que engendró una nueva
fe en la razón y en el progreso. por un lado, esto llevó a un rechazo de la autoridad y a una afirmación de los Derechos
del Hombre, expresados en la famosa declaración de Rousseau de que el hombre nace libre, pero en todas partes está encadenado.
Por otro lado, las nuevas ideas fueron una inspiración para los monarcas, que ,
al ternar el siglo XVII, empezaron a concentrar el poder en sus propias manos y
a gobernar mediante agentes burocráticos nombrados por ellos. Sin embargo,
estas actividades centralizadoras encontraron resistencia
en todos aquellos que tenían intereses creados en el Antiguo régimen, Iglesias,
gremios y corporaciones y, sobre todo, la aristocracia. Sus líderes recurrieron
a las teorías de Montesquieu y Burke para demostrar que la sociedad era una
forma orgánica y que sus agrupaciones tradicionales no sólo conferían derechos
inalienables a sus miembros sino que producían un equilibrio de poder que resguarda los individuos de la
tiranía. Esto junto al deseo de autonomía de la provincias dio origen al
descontento. Quedó muy claro entonces que el fermento no se detendría ahí.
Las
revoluciones aparecieron por primera vez en gran escala en las colonias
inglesas de América. Recurriendo a la filosofía de Locke sobre el derecho
natural, los colonizadores se negaron a pagar un impuesto establecido por el
parlamento en Londres, en el que no estaban representados. Para 1775 la disputa
había llegado a una guerra declarada. Los hombres moderados que habrían
mantenido la antigua estructura de la sociedad fueron sustituidos por otros con
objetivos más democráticos y la guerra por la independencia nacional ganó apoyo
en todos los estratos sociales. El ejemplo norteamericano fue una inspiración
para los rebeldes de los países bajos, así como en Francia, cuyas tropas habían
peleado en el lado norteamericano en la guerra.
LA
VIDA POLÍTICA
La organización
política
de Francia, hacia 1789, era monárquica. El rey pretendía que su poder derivaba
de Dios, a quien únicamente debía cuenta de sus actos. Sus súbditos no tenían
ningún derecho, pero sí el deber de obedecer.
El rey
declaraba la guerra y hacía la paz; comandaba los ejércitos; determinaba los gastos
y fijaba los impuestos; nombraba y destituía a los funcionarios y dirigía la administración entera. Las provincias eran administradas
por los intendentes, con poder omnímodo y arbitrario.
El rey
hacía las leyes, que eran la expresión de su voluntad personal,
pues si bien debía tener en cuenta las "costumbres fundamentales del
reino", tales costumbres eran contradictorias y vagas, y hubiera sido
difícil definirlas claramente. Además, el rey dirigía la administración de justicia, pues esta se dictaba en su nombre y por funcionarios
que el designaba. Se usaba el tormento para lograr la confesión de los
acusados, a quienes se juzgaba en secreto y a los que se aplicaban las penas
bárbaras de las marcas
con hierros candentes, de la picota, del látigo y de la horca.
La libertad individual estaba amenazada constantemente por la
policía, que podía aprender a cualquiera con una simple orden del rey, la "carta
sellada". No se daba la causa de la detención porque "tal era la
voluntad del rey".
Existía
la censura previa y no existía la libertad de consciencia.
LA
VIDA SOCIAL
En la
sociedad francesa se distinguían tres estados o clases:
1) El
clero: era la primera de las clases sociales privilegiadas. Conservaba un
gran prestigio e influencia. Además recibía los diezmos de los fieles, poseían
extensas propiedades, que abarcaban la cuarta parte de la superficie de
Francia, y como si fuera poco, no pagaban impuestos.
2) La
nobleza: esta era la segunda clase privilegiada formada por un número de personas análogo
al del clero, que poseían tierras de parecida importancia y extensión.
Percibían de los campesinos, que vivían en sus tierras, los antiguos derechos
feudales, y sólo pagaban impuestos en casos especiales.
3) En El
Tercer Estado se distinguían distintas categorías, alguna de las cuales
había logrado privilegios. La capa superior del estado llano era la burguesía;
la inferior, los obreros y campesinos. Estos últimos soportaban pesadas cargas
que, en la generalidad de los casos, les privaban de las cuatro quintas partes
del fruto de su trabajo. Debían pagar los impuestos al estado, el diezmo a la iglesia y los derechos feudales al señor.
LA
VIDA ECONÓMICA
La industria
estaba entorpecida con excesivas reglamentaciones e impuestos. Existían aduanas
internas; las pesas y medidas variaban según las regiones; algunos artículos,
como los cereales, debían consumirse en el lugar de producción;
se aplicaban derechos de aduna que en muchos casos anulaban el intercambio.
CAUSAS
Y ASPECTOS BÁSICOS:
La
revolución francesa abarca un período de 10 años (1789-1799), durante los
cuales se establecieron en toda Europa nuevas formas de organización política,
social y económica, surgieron nuevos usos y costumbres y triunfaron nuevos
modos del pensamiento
y nuevas tendencias espirituales.
Las
causas substanciales de la revolución francesa fueron en primer término las
arbitrariedades y abusos del antiguo régimen, ya mencionadas, y en segundo
lugar la acción
de los filósofos
y enciclopedistas.
Las
causas ocasionales de la revolución. francesa fueron la debilidad de carácter
del nuevo rey Luis XVI y la grave crisis
financiera.
Más de
un siglo antes de que Luis XVI ascendiera al trono (1774), el Estado
francés había sufrido periódicas crisis económicas motivadas por las largas guerras
emprendidas durante el reinado de Luis XIV, la mala administración
de los asuntos nacionales en el reinado de Luis XV, las cuantiosas pérdidas que
acarreó la Guerra Francesa en India
(1754-1763) y el aumento de la deuda generado por los préstamos a las colonias
británicas de Norteamérica durante la guerra de la Independencia estadounidense
(1775-1783). Los defensores de la aplicación de reformas fiscales, sociales y
políticas comenzaron a reclamar con insistencia la satisfacción de sus
reivindicaciones durante el reinado de Luis XVI.
Luis
XVI, quién contaba con apenas 20 años de edad carecía de condiciones como gobernante
pues su carácter era débil, su inteligencia
era mediana y se dejo influenciar por su esposa María Antonieta de Austria y
por su primo el Duque de Orleans. Dada la grave crisis financiera el rey se vio
obligado a llamar al gobierno
a dos personajes de reconocida honestidad:
R. Jaques Turgot, un hombre de ideas liberales que instituyo una
política rigurosa en lo referente a los gastos del estado, y a Malesherves.
Turgot,
ministro de hacienda, resumió su plan
en esta frase: "Ni banca
rota, ni empréstito, ni aumento de impuestos" . Como el plan económico
molestaba a la corte Turgot lo presentó gradualmente, pero en 1776, cuando
estableció un impuesto que debía ser pagado por todos los dueños de tierras,
fuesen o no privilegiados el rey, por instancia de los afectados, lo obligó a
renunciar.
Malesherves
intentó garantizar los derechos de los ciudadanos, pero también se vio forzado
a renunciar. Entonces el antiguo régimen se restableció con todo su vigor.
Para
aplacar los ánimos, Luis XVI designó como sucesor de Turgot a Nécker, un
banquero ginebrino de sólida fortuna personal y gran reputación como financista.
Obtuvo grandes empréstitos que pasajeramente aliviaron la situación financiera.
pero estos remedios resultaron ineficaces, porque simultáneamente, aumentaron
los gastos públicos como consecuencia de la guerra que estallo entre Inglaterra
y Francia, al apoyar esta última a las colonias inglesas de América del Norte.
Como los privilegiados no deseaban una reforma de fondo provocaron la caída de
Nécker en 1781.
Los
ejércitos austriacos obtuvieron varias victorias en los Países Bajos austriacos gracias a ciertos errores del alto mando francés, formado mayoritariamente por
monárquicos. La posterior invasión de Francia provocó importantes desórdenes en
París. El gabinete de Roland cayó el 13 de junio, y la intranquilidad de la
población se canalizó en un asalto a las Tullerías, la residencia de la familia
real, una semana después. La Asamblea Legislativa declaró el estado de excepción
el 11 de julio, después de que Cerdeña y Prusia se unieran a la guerra contra
Francia. Se enviaron fuerzas de reserva para aliviar la difícil situación en el
frente, y se solicitaron voluntarios de todo el país en la capital. Cuando los
refuerzos procedentes de Marsella llegaron a París, iban cantando un himno
patriótico conocido desde entonces como La Marsellesa. El descontento
popular provocado por la gestión
de los girondinos, que habían expresado su apoyo a la monarquía y habían
rechazado la acusación de deserción presentada contra La Fayette, hizo aumentar
la tensión. El malestar social, unido al efecto que generó el manifiesto del
comandante aliado, Charles William de Ferdinand, duque de Brunswick, en el que
amenazaba con destruir la capital si la familia real era maltratada, provocó
una insurrección en París el 10 de agosto. Los insurgentes, dirigidos por
elementos radicales de la capital y voluntarios nacionales que se dirigían al
frente, asaltaron las Tullerías y asesinaron a la Guardia suiza del rey. Luis
XVI y su familia se refugiaron en la cercana sala de reuniones de la Asamblea
Legislativa, que no tardó en suspender en sus funciones
al monarca y ponerle bajo arresto. A su vez, los insurrectos derrocaron al
consejo de gobierno parisino, que fue reemplazado por un nuevo consejo
ejecutivo provisional, la denominada Comuna de París.
La revolución
popular del 10 de agosto tuvo grandes consecuencias:
1.- Se
suspendió al rey , cesando por consiguiente la vigencia de la constitución de
1791.
2.- Se
nombró un consejo Ejecutivo provisional, encargado de las funciones ejecutivas,
dirigido por Dantón, verdadero jefe del nuevo gobierno.
3.- Se
elegiría, por sufragio
universal una convención encargada de revisar la constitución.
4.- Se
reconocía la Comuna de París como poder legítimo del estado. Esta comuna estaba
en mano de los jacobinos , dirigidos por Roberspierre y Marat.
Entre
el 2 y el 7 de septiembre, más de mil monárquicos y presuntos traidores
apresados en diversos lugares de Francia, fueron sometidos a juicio y ejecutados.
Los elementos desencadenantes de las denominadas 'Matanzas de Septiembre'
fueron el temor de la población al avance de los ejércitos aliados contra
Francia y los rumores sobre conspiraciones para derrocar al gobierno
revolucionario. Un ejército francés, dirigido por el general Charles François
Dumouriez, obtuvo una importante victoria en la batalla de Valmy frente a las
tropas prusianas que avanzaban hacia París el 20 de septiembre.
Un día
después de la victoria de Valmy se reunió en París la Convención Nacional
recién elegida. La primera decisión oficial adoptada por esta cámara fue la
abolición de la monarquía y la proclamación de la I República. El consenso
entre los principales grupos
integrantes de la Convención no fue más allá de la aprobación de estas medidas
iniciales. Sin embargo, ninguna facción se opuso al decreto presentado por los
girondinos y promulgado el 19 de noviembre, por el cual Francia se comprometía
a apoyar a todos los pueblos oprimidos de Europa. Las noticias
que llegaban del frente semanalmente eran alentadoras: las tropas francesas
habían pasado al ataque después de la batalla de Valmy y habían conquistado
Maguncia, Frankfurt del Main, Niza, Saboya y los Países Bajos austríacos. Sin
embargo, las disensiones se habían intensificado seriamente en el seno de la
convención, donde el Llano dudaba entre conceder su apoyo a los conservadores
girondinos o a los radicales montagnards. La primera gran prueba de fuerza
se decidió en favor de estos últimos, que solicitaban que la Convención juzgara
al rey por el cargo de traición y consiguieron que su propuesta fuera aprobada
por mayoría. El monarca fue declarado culpable de la acusación imputada con
el voto casi unánime de la Cámara el 15 de enero de 1793, pero no se
produjo el mismo acuerdo al día siguiente, cuando había de decidirse la pena
del acusado. Finalmente el rey fue condenado a muerte
por 387 votos a favor frente a 334 votos en contra. Luis XVI fue guillotinado
el 21 de enero.
La
influencia de los girondinos en la Convención Nacional disminuyó enormemente
tras la ejecución del rey. La falta de unidad mostrada por el grupo durante el
juicio había dañado irreparablemente su prestigio nacional, bastante mermado
desde hacía tiempo entre la población de París, más favorable a las tendencias
jacobinas. Otro factor que determinó la caída girondina fueron las derrotas
sufridas por los ejércitos franceses tras declarar la guerra a Gran Bretaña,
las Provincias Unidas (actuales Países Bajos) el 1 de febrero de 1793, y a España
el 7 de marzo, que se habían unido a la Primera Coalición contra Francia. Las
propuestas de los jacobinos para fortalecer al gobierno ante las cruciales
luchas a las que Francia debería enfrentarse desde ese momento fueron
firmemente rechazadas por los girondinos. No obstante, a comienzos de marzo, la
Convención votó a favor del reclutamiento
de 300.000 hombres y envió comisionados especiales a varios departamentos para
organizar la leva. Los sectores clericales y monárquicos enemigos de la
Revolución incitaron a la rebelión a los campesinos de La Vendée, contrarios a
tal medida. La guerra civil no tardó en extenderse a los departamentos vecinos.
Los austríacos derrotaron al ejército de Dumouriez en Neerwinden el 18 de
marzo, y éste desertó al enemigo. La huida del jefe del ejército, la guerra
civil y el avance de las fuerzas enemigas a través de las fronteras de Francia
provocó en la Convención una crisis entre los girondinos y los montagnards,
en la que estos últimos pusieron de relieve
la necesidad de emprender una acción contundente en defensa de la Revolución.
DERECHOS HUMANOS
¿Qué son los derechos
humanos?
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los
seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia,
sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra
condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación
alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo
contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el
derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes
del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos
establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en
determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en
otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales de los individuos o grupos.
Universales e
inalienables
El principio de la universalidad de los derechos
humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos.
Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal
de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y
resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos
los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos,
económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y
las libertades fundamentales.
Los derechos humanos son
inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según
las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a
la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de
haber cometido un delito.
Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos,
sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la
igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos,
sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la
educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la
libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e
interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la
misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los
demás.
Iguales y no discriminatorios
La no
discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de
derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos
humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales
como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda
persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe
la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales
como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no
discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el
artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres
humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen
tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los
deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar
los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados
deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de
limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los
abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de
realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para
facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual,
así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos
respetar los derechos humanos de los demás.
Los derechos humanos son MUY IMPORTANTES, ya que con ellos nos respetan y nos toman encuenta.
ResponderEliminarLos derechos humanos hay que protegerlos y respetarlos.
Buena definición de los derechos humanos y de la revolución francesa.
Gracias compañera.
EliminarBuen trabajo compañera!
ResponderEliminarGracias compañero.
EliminarBuena explicación de la revolución francesa, me gusto que pusieras su vida económica, y su vida social y todo eso. las imágenes definen bien :)
ResponderEliminarBuen trabajo..
Los derechos humanos los tenemos que respetar y cumplirlos.
Si compañera por esos son DERECHOS y se deben respetar.!
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